lunes, 11 de marzo de 2013

La Argentina y España suscribieron un nuevo convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio

Foto 2 - Este nuevo acuerdo evitará distorsiones en la aplicación de impuestos directos a nivel internacional_, señaló el titular de la AFIP.JPG**“El nuevo acuerdo evitará distorsiones en la aplicación de impuestos directos a nivel internacional”, sostuvo Echegaray

**El embajador del Reino de España calificó a la firma como una “muy buena noticia” para las relaciones de ambos países y aseguró que provocará un impacto positivo

**El texto acordado recepta todas las cuestiones planteadas oportunamente por Argentina a través de las negociaciones de la “Comisión Revisora y Evaluadora de los Convenio de Doble Imposición”.

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Ricardo Echegaray, y el embajador del Reino de España, Román Oyarzun Marchesi, rubricaron un convenio con el objetivo de evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. “Este nuevo acuerdo evitará distorsiones en la aplicación de impuestos directos a nivel internacional”, señaló el titular de la AFIP y agregó que el convenio tendrá efectos retroactivos al 1 de enero de 2013, una vez que sea aprobado por ambos parlamentos.

“La firma de hoy es una muy buena noticia para las relaciones entre España y la Argentina y estoy seguro de que va a provocar un impacto muy favorable en nuestros empresarios, ya que pueden estar satisfechos porque tienen un claro horizonte de previsibilidad fiscal por delante”, señaló Oyarzun Marchesi.

El embajador del Reino de España agregó que “el nuevo convenio supone una mejora y actualización del anterior facilitando la cooperación de las autoridades fiscales en el adecuado desempeño de sus funciones”. Asimismo, alertó que “la ausencia de un convenio de este tipo sería un desincentivo a la inversión”, pero afortunadamente ambos países pudieron acordar rápidamente posibilitando “un tratamiento tributario adecuado para los contribuyentes que desarrollan actividades en ambas naciones”.

Por su parte, Echegaray sostuvo que “con el convenio renegociado logramos un objetivo fundamental: establecer un mecanismo claro y transparente que imposibilite el uso abusivo del acuerdo”. El funcionario agregó que con el texto se busca “evitar la doble imposición”. Además aseguró queel acuerdo apunta contra las “tácticas y estrategias de planificación nociva destinadas a no tributar en ambos lados de las fronteras”.
“El nuevo acuerdo prevé una clausula específica sobre el intercambio de información que abarca no solo los aspectos de aquellos contribuyentes que estén involucrados en la cuestión propia de la Doble Imposición, sino a todos los ciudadanos de ambos países”, aseguró el administrador federal y afirmó que en esta renegociación “sumamos todos en procura de la transparencia de bienes y servicios”.

Principales modificaciones de la renegociación
El texto del nuevo Convenio de Doble Imposición acordado entre ambos países recepta todas las cuestiones planteadas oportunamente por Argentina a través de las negociaciones de la “Comisión Revisora y Evaluadora de los Convenio de Doble Imposición”, presididas por Ricardo Echegaray.

El texto del nuevo convenio, solucionará inconvenientes principalmente sobre la base de las siguientes cuestiones:
* Permite la imposición en el país sobre las participaciones societarias en sociedades argentinas pertenecientes a residentes españoles (Impuesto sobre los Bienes Personales);
*Se moderniza la cláusula de intercambio de información tributaria, en línea con los estándares internacionales del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información;
*Se elimina la cláusula de la nación más favorecida, que comprometía -principalmente a la Argentina- los tratamientos que pudieran acordarse con terceros países en futuras negociaciones de convenios tributarios; y
*Se incluye un memorandum de entendimiento tendiente a evitar situaciones de abuso del Convenio, aclarando que siempre serán aplicables las disposiciones de la normativa interna de cada país relativas a la prevención de la evasión fiscal. Esto fundamentalmente con el objeto de impedir el uso abusivo del régimen español de Entidades de Tenencia de Valores Extranjeros (ETVE).

Antecedentes
Argentina y España ya habían suscripto en 1992 un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal, que fuera denunciado por nuestro país el pasado 29 de junio de 2012 a instancias de la Comisión Evaluadora y Revisora de Convenios para Evitar la Doble Imposición, en razón de los efectos perjudiciales que la AFIP había detectado por la utilización abusiva de algunas de sus disposiciones.

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