jueves, 27 de diciembre de 2012

Condenaron a dos médicos por la práctica de un aborto y abandono de personas


Fueron condenados por la segunda Cámara del Crimen por el delito de aborto profesional con lesiones culposas gravísimas y abandono de persona, mientras que absolvieron a la paciente, que sufrió mala praxis.

Se trata de los médicos Juan Carlos Bertromeu, condenado a la pena de 5 años de prisión en cumplimiento efectivo, más 7 años y cuatro meses de inhabilitación profesional; y Jacinto Carballo, condenado a la pena de tres años y 8 meses de prisión de cumplimento efectivo más 7 años y cuatro meses de inhabilitación especial para el ejercicio de la medicina en todo el territorio argentino.

Fuentes judiciales informaron que el Tribunal absolvió a Ramona Eliana Olivera por el delito de “aborto consentido”, para quien los jueces habían pedido un año de prisión en suspenso.
El hecho condenado hoy ocurrió la noche del 20 de abril de 2011 cuando los dos médicos le practicaron un aborto a Olivera en sus consultorios del distrito de Monte Comán de San Rafael, al sur de Mendoza.

Durante la cirugía, le perforaron el útero y el intestino por lo que la mujer concurrió luego al hospital de Malargüe, también en la zona sur provincial, con un cuadro febril e infección avanzado por lo que fue necesario extirparle el útero.

Ambos profesionales condenados seguirán en libertad hasta tanto quede firme la sentencia, tras la lectura de los fundamentos de la semana próxima y luego de la feria judicial entrante.
El tribunal estuvo integrado por los doctores Jorge Yapur, Raúl Omar Rodríguez y Aroldo Gorri. 
Télam

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